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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
207928
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo VI, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 213

COMPETENCIA. CORRESPONDE AL TRIBUNAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DEL ESTADO DE TABASCO CONOCER DE LOS CONFLICTOS LABORALES SUSCITADOS ENTRE EL ORGANISMO PUBLICO DESCENTRALIZADO DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA EN DICHO ESTADO, DIF, Y SUS TRABAJADORES.

[TA]; 8a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo VI, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 213

Precedentes

Competencia 89/90. Junta Especial Número Treinta y Seis de la Federal de Conciliación y Arbitraje y Junta Local de Conciliación y Arbitraje, ambas del estado de Tabasco. 3 de julio de 1990. Cinco votos. Ponente: Carlos García Vázquez. Secretario: Sergio Novales Castro.
Registro digital (IUS): 207928