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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
207938
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo VI, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 220

COMPETENCIA. TRIBUNAL DE ARBITRAJE PARA LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL MUNICIPIO DE MONTERREY. A ESTE CORRESPONDE CONOCER DE LA DEMANDA LABORAL PROMOVIDA EN CONTRA DEL MENCIONADO MUNICIPIO, AUNQUE TAMBIEN SE DEMANDE A PARTICULARES.

[TA]; 8a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo VI, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 220

Precedentes

Competencia 101/90. Tribunal de Arbitraje para los Trabajadores al Servicio del Municipio de Monterrey, Nuevo León, y Junta Especial Número Tres de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Nuevo León. 15 de octubre de 1990. Cinco votos. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretario: Marcos García José.
Registro digital (IUS): 207938