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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
207944
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo VI, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 235

CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO DE PUEBLA. NO TIENEN EL CARACTER DE AUTOAPLICATIVOS SUS ARTICULOS 742, 743, 744 Y 746.

[TA]; 8a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo VI, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 235

Precedentes

Amparo en revisión 1301/89. Ernesto Castañeda Cortés. 22 de enero de 1990. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ulises Schmill Ordóñez. Secretario: Víctor Ernesto Maldonado Lara.
Registro digital (IUS): 207944