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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
207957
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo V, Primera Parte, Enero-Junio de 1990; Pág. 266

GIROS REGLAMENTADOS, TRASLADO DE LOS. REQUIERE NUEVA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO.

[TA]; 8a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo V, Primera Parte, Enero-Junio de 1990; Pág. 266

Precedentes

Amparo en revisión 707/89. Blanca Martínez Sánchez y otros. 15 de enero de 1990. Mayoría de cuatro votos de los señores ministros: Carlos García Vázquez, Felipe López Contreras, José Martínez Delgado y Juan Díaz Romero, en contra del voto del señor ministro Ulises Schmill Ordóñez. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretario: Carlos Ronzón Sevilla.
Registro digital (IUS): 207957