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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
207963
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo V, Primera Parte, Enero-Junio de 1990; Pág. 273

TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO, NO SON ACUMULABLES LOS JUICIOS DE AMPARO DIRECTO TRAMITADOS ANTE UN.

[TA]; 8a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo V, Primera Parte, Enero-Junio de 1990; Pág. 273

Precedentes

Competencia 3/90. Quinto y Segundo Tribunales Colegiados del Primer Circuito en Materia Laboral. 5 de marzo de 1990. Cinco votos. Ponente: Ulises Schmill Ordóñez. Secretaria: Luz María Corona Magaña.
Registro digital (IUS): 207963