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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 207971
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo IV, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 307
AGUA, DERECHOS DE. BOLETAS DIRIGIDAS AL USUARIO. NO ACREDITAN POR SI EL INTERES JURIDICO.
[TA]; 8a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo IV, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 307
Si las boletas correspondientes al cobro por el servicio de agua no contienen el nombre de la persona obligada al pago, sino que están dirigidas al usuario de la toma ubicada en el domicilio que se menciona en las mismas boletas el promovente del amparo no acredita su interés jurídico con la sola exhibición de tales documentos.
Precedentes
Amparo en revisión 10160/83. Química Hoechst, S.A. de C.V. 13 de julio de 1989. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ulises Schmill Ordóñez. Secretaria: Martha Moyao Núñez.