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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 207979
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo IV, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 312
CONSTRUCCIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL, REGLAMENTO DE. RESPETA LA GARANTIA DE AUDIENCIA.
[TA]; 8a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo IV, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 312
El Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de diciembre de 1976, establece en el artículo 370 que el recurso de reconsideración procede, entre otros casos, contra las órdenes de desocupación temporal o definitiva que emitan las autoridades del Departamento del Distrito Federal, y el artículo 391 prevé las condiciones para que se otorgue la suspensión de la ejecución del acto que se impugne; por consiguiente, es inexacto que el reglamento mencionado vulnere el artículo 14 constitucional porque omita establecer los medios por virtud de los cuales los particulares puedan defender sus derechos.
Precedentes
Amparo en revisión 2132/88. Ibcon, S.A. 30 de octubre de 1989. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretario: Carlos Ronzon Sevilla.