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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
208030
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo I, Primera Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 403

DEMANDA LABORAL, NO PROCEDE TENER POR CONTESTADA EN SENTIDO AFIRMATIVO LA, SI HUBO RESPUESTA ORAL.

[TA]; 8a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo I, Primera Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 403

Precedentes

Amparo directo 1747/87. Ferrocarriles Nacionales de México. 2 de mayo de 1988. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Angel Suárez Torres. Secretario: Emilio González Santander. Nota: En el Informe de 1988, esta tesis aparece bajo el rubro: "DEMANDA LABORAL, CUANDO NO PROCEDE TENER POR CONTESTADA EN SENTIDO AFIRMATIVO LA.".
Registro digital (IUS): 208030