Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/208032
📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
208032
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo I, Primera Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 407

INDEMNIZACION POR MUERTE DEL TRABAJADOR, EN CASO DE CONCURRENCIA DE DOS RECLAMANTES QUE ACREDITEN SER ESPOSAS DEL TRABAJADOR FALLECIDO. LA JUNTA CARECE DE FACULTAD LEGAL PARA DECIDIR SOBRE LA VALIDEZ DE UN MATRIMONIO Y LA NULIDAD DEL OTRO.

[TA]; 8a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo I, Primera Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 407

Precedentes

Amparo directo 2687/87. María de los Angeles Vera Castellanos. 10 de febrero de 1988. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Felipe López Contreras. Secretario: Rolando Rocha Gallegos.
Registro digital (IUS): 208032