Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/208036
📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
208036
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo I, Primera Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 411

POLICIA FEDERAL DE CAMINOS, EXCLUSION MIEMBROS DE LA, DE LA LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO.

[TA]; 8a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo I, Primera Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 411

Precedentes

Amparo directo 2282/87. Renato Miranda Ortiz. 23 de mayo de 1988. Mayoría de cuatro votos. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretario: Pablo V. Monroy Gómez. Disidente: José Martínez Delgado. Nota: En el Informe de 1988, la tesis aparece bajo el rubro "POLICIA FEDERAL DE CAMINOS, MIEMBROS DE LA, EXCLUIDOS DE LA LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO.".
Registro digital (IUS): 208036