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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
208037
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo I, Primera Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 413

RESCISION, IMPROCEDENCIA DE LA ACCION DE, SI SE EJERCITA ALEGANDO DESPIDO.

[TA]; 8a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo I, Primera Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 413

Precedentes

Amparo directo 4887/86. Sergio Gustavo Rodríguez Loza. 24 de febrero de 1988. Cinco votos. Ponente: Felipe López Contreras. Secretario: Jorge Fermín Rivera Quintana. Nota: En el Informe de 1988, esta tesis aparece bajo el rubro: "LITIS. MATERIA DE LA, CUANDO SE DEMANDA RESCISION ALEGANDO DESPIDO.".
Registro digital (IUS): 208037