Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/208050
📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
208050
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo III, Primera Parte, Enero-Junio de 1989; Pág. 451

DEMANDA DE AMPARO, OPORTUNIDAD DE LA. NOTIFICACION DE INFRACCIONES.

[TA]; 8a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo III, Primera Parte, Enero-Junio de 1989; Pág. 451

Precedentes

Amparo en revisión 270/87. Latinoamericana de Agregados, S.A. de C.V. 21 de junio de 1989. 5 votos. Ponente: Guillermo Guzmán Orozco. Secretario: Gerardo Dávila Gaona.
Registro digital (IUS): 208050