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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
208059
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo I, Primera Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 434

INCONFORMIDAD, ES FUNDADO EL INCIDENTE DE, CUANDO LAS AUTORIDADES ELUDEN EL CUMPLIMIENTO DEL FALLO.

[TA]; 8a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo I, Primera Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 434

Precedentes

Incidente de inconformidad 2/83, derivado del juicio de amparo 2835/78. José Dueñas Avila. 31 de mayo de 1988. Mayoría de 4 votos. Ponente: Irma Cué Sarquís. Secretaria: Rocío Balderas Fernández. Nota: En el Informe de 1988, la tesis aparece bajo el rubro "INCIDENTE DE INCONFORMIDAD ES FUNDADO CUANDO LAS AUTORIDADES ELUDEN EL CUMPLIMIENTO DEL FALLO.".
Registro digital (IUS): 208059