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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
VI.1o.152 C Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
208148
Clave de tesis
VI.1o.152 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 199

AGRAVIOS RELATIVOS A LAS PRUEBAS PARA DEMOSTRAR LA ACCION. SI ESTA ES IMPROCEDENTE, SU FALTA DE ESTUDIO RESULTA JUSTIFICADA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 199

Precedentes

Amparo directo 420/88. Dolores Zapotitla Arias. 17 de enero de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Eric Roberto Santos Partido. Secretario: Martín Amador Ibarra.
Registro digital (IUS): 208148