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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
V.1o.34 K Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
208224
Clave de tesis
V.1o.34 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 238

AUDIENCIA CONSTITUCIONAL, LA RESERVA DEL JUEZ DE DISTRITO, PARA SEÑALAR FECHA Y HORA, PARA LA. NO EQUIVALE A UNA SUSPENSION DE PROCEDIMIENTO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 238

Precedentes

Amparo en revisión 327/94. Laurencio Ronquillo Meléndrez. 6 de enero de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Alfonso Cruz Sánchez. Secretaria: Myrna C. Osuna Lizárraga.
Registro digital (IUS): 208224