Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/208225
📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.3o.T.8 K Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 208225
- Clave de tesis
- I.3o.T.8 K
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 239
AUDIENCIA CONSTITUCIONAL, MOMENTO PROCESAL OPORTUNO PARA SOLICITAR EL DIFERIMIENTO DE LA, A FIN DE QUE LAS PARTES PUEDAN RENDIR PRUEBAS.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 239
El momento procesal oportuno para solicitar a un juez de Distrito el diferimiento de la audiencia constitucional a efecto de que requiera a la autoridad responsable la remisión de constancias o documentos que previamente se le hayan solicitado y que se pretendan ofrecer como pruebas en el juicio de garantías, es hasta antes de la hora fijada para la celebración de la audiencia de ley; en razón de que es hasta esa etapa procesal cuando concluye la oportunidad que tiene la autoridad requerida para cumplir con la obligación impuesta, en el sentido de expedir al interesado o hacer llegar al juicio la documentación exigida y por constituir además la ocasión en que el peticionario pueda percatarse del incumplimiento de dicha autoridad.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 543/90. Bernabé Fuentes Torres. 20 de junio de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Adolfo O. Aragón Mendía. Secretario: Salvador Arriaga García.
Amparo en revisión 403/90. Instituto Mexicano del Seguro Social. 2 de mayo de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Adolfo O. Aragón Mendía. Secretario: Enrique Chan Cota.
Amparo en revisión 973/89. Instituto Mexicano del Seguro Social. 15 de noviembre de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Adolfo O. Aragón Mendía. Secretario: Citlalin Carlock Sánchez.
Amparo en revisión 1793/88. Ferrocarriles Nacionales de México. 1o. de febrero de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: F. Javier Mijangos Navarro. Secretario: Héctor Landa Razo.