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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
V.1o.48 L Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
208250
Clave de tesis
V.1o.48 L
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 255

CARGA DE LA PRUEBA, CUANDO LA LITIS CONSISTIO EN UNA ENFERMEDAD GENERAL, Y LA DEMANDADA ADUCE QUE LA CAUSA ES CONGENITA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 255

Precedentes

Amparo directo 621/94. Instituto Mexicano del Seguro Social. 23 de noviembre de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Faustino Cervantes León. Secretaria: Graciela Lara Osorio.
Registro digital (IUS): 208250