Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/208254
📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
VI.2o.397 A Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
208254
Clave de tesis
VI.2o.397 A
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 257

CAUSAHABIENTES, CORRESPONDE A LOS. RECLAMAR VIOLACIONES A LOS DERECHOS QUE LES TRANSMITIERON SUS CAUSANTES SOBRE PREDIOS AMPARADOS CON CERTIFICADOS DE INAFECTABILIDAD.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 257

Precedentes

Amparo en revisión 388/88. Jorge Sorilla Levet y otra. 20 de agosto de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Tarcicio Obregón Lemus. Secretario: Nelson Loranca Ventura.
Registro digital (IUS): 208254