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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
V.1o.32 K Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
208274
Clave de tesis
V.1o.32 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 265

CONCEPTOS DE VIOLACION INOPERANTES. LO SON AQUELLOS EN LOS QUE SE HACEN VALER ARGUMENTOS QUE NO SE HICIERON EN UN AMPARO ANTERIOR.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 265

Precedentes

Amparo directo 663/94. Sergio Martínez Samaniego. 8 de diciembre de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Faustino Cervantes León. Secretario: José A. Araiza Lizárraga. Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia V.1o. J/10, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo IV, Octubre de 1996, página 367, de rubro: "CONCEPTOS DE VIOLACION INOPERANTES. LO SON AQUELLOS EN LOS QUE SE HACEN VALER ARGUMENTOS QUE NO SE HICIERON EN UN AMPARO ANTERIOR."
Registro digital (IUS): 208274