Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/208285
📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
VI.1o.39 K Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 208285
- Clave de tesis
- VI.1o.39 K
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 270
CONSENTIMIENTO DEL ACTO RECLAMADO. LAS MANIFESTACIONES DE VOLUNTAD QUE LO ENTRAÑAN PUEDEN PRODUCIRSE DURANTE LA TRAMITACION DEL JUICIO DE AMPARO Y APOYAN LA IMPROCEDENCIA DE ESTE.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 270
De acuerdo con los artículos 1803 del Código Civil para el Distrito Federal aplicable en toda la República en Materia Federal y 1457 del Código Civil del Estado de Puebla, el consentimiento puede expresarse verbalmente, por escrito o mediante signos inequívocos, a lo que debe sumarse que debido a sus características, por regla general es un acto de voluntad, que por lo mismo, puede expresarse en cualquier momento hasta antes de que se dicte sentencia en el juicio de garantías. De lo anterior, se sigue, que de estar probado ese consentimiento, ha lugar a declarar la improcedencia de la acción constitucional.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 506/89. Evangelina Gaspar Hernández. 11 de enero de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Gerardo Ramos Córdova. Secretario: Marcos Antonio Arriaga Eugenio.
Amparo directo 31/89. Antonio Atenco Cholula. 7 de marzo de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Gerardo Ramos Córdova. Secretario: José Luis Santos Torres.
Amparo directo 332/88. Birlos y Pernos de Apizaco, S. A. de C. V. 26 de octubre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Gerardo Ramos Córdova. Secretario: Armando Cortés Galván.
Amparo directo 165/88. La Covadonga Lanera, S. A. de C. V. 4 de octubre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Gerardo Ramos Córdova. Secretario: Armando Cortés Galván.