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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
VI.1o.174 C Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
208316
Clave de tesis
VI.1o.174 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 283

COSA JUZGADA. DOCUMENTO DECLARADO FALSO EN EL JUICIO. NO PUEDE DECLARARSE AUTENTICO EN DIVERSO PROCEDIMIENTO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 283

Precedentes

Amparo directo 316/88. Juan Torres Rosales. 8 de febrero de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Dueñas Sarabia. Secretaria: Rosa María Roldán Sánchez.
Registro digital (IUS): 208316