Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/208336
📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
VI.1o.223 K Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
208336
Clave de tesis
VI.1o.223 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 296

DEMANDA. AMPARO IMPROCEDENTE CONTRA EL AUTO QUE LA ADMITE.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 296

Precedentes

Amparo en revisión 415/88. Sergio Mejía Tabares. 10 de enero de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Eric Roberto Santos Partido. Secretario: Martín Amador Ibarra. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Octava Parte, Tesis Jurisprudencial número 119, página 183.
Registro digital (IUS): 208336