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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.6o.T.8 K Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
208338
Clave de tesis
I.6o.T.8 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 297

DEMANDA DE AMPARO, DESECHAMIENTO DE LA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 297

Precedentes

Amparo en revisión 1196/89. Héctor Santos Santos. 19 de enero de 1990. Mayoría de votos. Ponente: Carolina Pichardo Blake. Disidente: J. Refugio Gallegos Baeza. Secretaria: María Marcela Ramírez Cerrillo. Amparo en revisión 1026/89. Rodolfo Avalos Domínguez. 9 de enero de 1990. Mayoría de votos. Ponente: María del Rosario Mota Cienfuegos. Disidente: J. Refugio Gallegos Baeza. Secretario: Félix Arnulfo Flores Rocha. Amparo en revisión 966/89. Héctor Córdova Pérez. 9 de enero de 1990. Mayoría de votos. Ponente: María del Rosario Mota Cienfuegos. Disidente: J. Refugio Gallegos Baeza. Secretario: Félix Arnulfo Flores Rocha.
Registro digital (IUS): 208338