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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
V.1o.33 K Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
208355
Clave de tesis
V.1o.33 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 305

DEMANDA DE GARANTIAS, AMPLIACION. EL DIA DOS DE NOVIEMBRE, ES CONSIDERADO COMO INHABIL DE ACUERDO CON LA LEY DEL SERVICIO CIVIL DEL ESTADO DE SONORA. PRESENTACION EN TIEMPO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 305

Precedentes

Reclamación 12/94. Cadena Comercial Oxxo, S. A de C. V. 12 de enero de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Faustino Cervantes León. Secretario: Luis Humberto Morales.
Registro digital (IUS): 208355