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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.4o.A.842 A Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
208356
Clave de tesis
I.4o.A.842 A
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 305

DEMANDA DE NULIDAD. EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES DEBERA CONSTATARSE TAMBIEN EN LOS DOCUMENTOS ADJUNTOS A AQUEL ESCRITO DE LA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 305

Precedentes

Amparo directo 1844/94. Fibras Químicas, S. A. 19 de octubre de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Hilario Bárcenas Chávez. Secretario: Emilio Hassey Domínguez.
Registro digital (IUS): 208356