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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.4o.A.824 A Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
208358
Clave de tesis
I.4o.A.824 A
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 306

DEMANDA DE NULIDAD. LOS ANEXOS ADJUNTOS A LA, SOLO DEBEN REUNIR LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN EL CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 306

Precedentes

Amparo directo 2644/94. Teléfonos de México, S. A. de C. V. 1o. de febrero de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Hilario Bárcenas Chávez. Secretario: Emilio Hassey Domínguez.
Registro digital (IUS): 208358