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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
VI.1o. 241 C Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
208392
Clave de tesis
VI.1o. 241 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 321

EJECUCION DE SENTENCIAS PROVENIENTES DEL EXTRANJERO QUE COMPETAN A LAS AUTORIDADES DEL ORDEN COMUN. LA SUPLETORIEDAD DE LA LEY PROCESAL CIVIL FEDERAL NO INCLUYE MEDIOS DE DEFENSA. (LEGISLACION DEL ESTADO DE PUEBLA).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 321

Precedentes

Amparo en revisión 148/91. John Wesley Devilbiss Muñoz. 6 de junio de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Dueñas Sarabia. Secretaria: Rosa María Roldán Sánchez.
Registro digital (IUS): 208392