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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
VI.1o.84 C Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
208407
Clave de tesis
VI.1o.84 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 329

EMPLAZAMIENTO. NO VICIA SU LEGALIDAD LA DEMOSTRACION DE QUE SEA DISTINTO EL PARENTESCO EXISTENTE ENTRE EL DEMANDADO Y LA PERSONA CON QUIEN SE ENTIENDE LA DILIGENCIA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 329

Precedentes

Amparo en revisión 203/88. Candelaria Santamaría Jiménez. 9 de agosto de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Eric Roberto Santos Partido. Secretario: Miguel Izaguirre Ojeda.
Registro digital (IUS): 208407