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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.1o.A.231 A Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
208428
Clave de tesis
I.1o.A.231 A
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 341

FIANZAS PENALES. REQUERIMIENTOS DE PAGO DE LAS, EL TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACION NO ESTA FACULTADO PARA ANALIZAR LA VALIDEZ DE LAS ACTUACIONES DEL PROCESO PENAL.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 341

Precedentes

Amparo directo 2141/94. Fianzas Monterrey, S.A. 26 de enero 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Luis María Aguilar Morales. Secretario: José Manuel Villeda Ayala.
Registro digital (IUS): 208428