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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
V.2o.225 K Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
208450
Clave de tesis
V.2o.225 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 354

IMPROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO CONTRA ACTOS EFECTUADOS DENTRO DEL INCIDENTE DE LIQUIDACION DE SENTENCIA, MIENTRAS NO SE DICTE LA ULTIMA RESOLUCION EN EL PROCEDIMIENTO RESPECTIVO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 354

Precedentes

Improcedencia 326/94. María Elodia Amézquita Martínez. 5 de enero de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Ricardo Rivas Pérez. Secretaria: Rosenda Tapia García.
Registro digital (IUS): 208450