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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
VI.1o.87 C Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
208462
Clave de tesis
VI.1o.87 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 360

INCIDENTES EN JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL. DEBEN TRAMITARSE CONFORME LO ESTABLECE EL ARTICULO 1414 DEL CODIGO DE COMERCIO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 360

Precedentes

Amparo en revisión 553/87. Productos Agrícolas Cuetzalan, S. A. 12 de agosto de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Dueñas Sarabia. Secretaria: Rosa María Roldán Sánchez.
Registro digital (IUS): 208462