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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XX.438 C Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
208536
Clave de tesis
XX.438 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 403

MANDATO GENERAL. NO SE REQUIERE TITULO PROFESIONAL DE LICENCIADO EN DERECHO PARA EL EJERCICIO DEL. (LEGISLACION DEL ESTADO DE CHIAPAS).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 403

Precedentes

Amparo directo 880/94. Angel Adolfo Ruscke Domínguez y otra. 26 de enero de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Francisco A. Velasco Santiago. Secretario: Stalin Rodríguez López.
Registro digital (IUS): 208536