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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria de fecha 14 de marzo de 2007, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 230/2006-SS en que participó el presente criterio.

I.4o.T.162 L Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
208592
Clave de tesis
I.4o.T.162 L
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 435

PARENTESCO. EL ACTA DE DEFUNCION DEL TRABAJADOR ES INIDONEA PARA ACREDITARLO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 435

Precedentes

Amparo directo 477/94 (4684/94). Yolanda Villafranca de Silva. 5 de julio de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Fortino Valencia Sandoval. Secretario: René Díaz Nárez. Nota: Por ejecutoria de fecha 14 de marzo de 2007, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 230/2006-SS en que participó el presente criterio.
Registro digital (IUS): 208592