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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
VI.1o.37 P Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 208593
- Clave de tesis
- VI.1o.37 P
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 435
PARRICIDIO. CONSTITUYE UN TIPO ESPECIAL DE DELITO, AUTONOMO DEL HOMICIDIO.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 435
El parricidio no es una modalidad del homicidio, sino un tipo especial cualificado, esto es, el homicidio es el modelo fundamental o básico de la familia de delitos cuyo núcleo gira en torno a la pérdida de la vida; sin embargo, si se le agregan determinadas características que en el caso van en función de una cualidad del agente y de la intención, se forma un nuevo tipo que cobra plena autonomía e independencia de aquel que le dio origen y que incluso se le denomina de manera diferente.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 50/88. Juan Cristóbal Antonio. 13 de abril de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Gerardo Ramos Córdova. Secretario: César Quirós Lecona.