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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
VI.1o.47 P Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
208607
Clave de tesis
VI.1o.47 P
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 441

PENA. PARA INDIVIDUALIZARLA NO BASTA UNA RELACION DE ORDEN GENERAL.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 441

Precedentes

Amparo directo 248/89. Cirilo López Cortés. 30 de agosto de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Eric Roberto Santos Partido. Secretario: Manuel Acosta Tzintzun.
Registro digital (IUS): 208607