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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.6o.T.7 K Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
208637
Clave de tesis
I.6o.T.7 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 453

PETICION, DERECHO DE. NO LO VIOLA LA AUTORIDAD RESPONSABLE, CUANDO LA DEMANDA RESPECTIVA FUE RECIBIDA POR OTRA DISTINTA A ELLA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 453

Precedentes

Amparo en revisión 946/89. Hiram J. Verdugo Murillo. 17 de noviembre de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: J. Refugio Gallegos Baeza. Secretario: José Luis Martínez Luis.
Registro digital (IUS): 208637