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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XV.1o.83 P Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
208648
Clave de tesis
XV.1o.83 P
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 458

PORTACION DE ARMA DE FUEGO SIN LICENCIA, NO SE DA EL TIPO DEL DELITO, SI QUIEN PORTABA EL ARMA ES UN EJIDATARIO. (ARTICULO 9o. FRACCION II, PARRAFO SEGUNDO DE LA LEY FEDERAL DE ARMAS DE FUEGO Y EXPLOSIVOS).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 458

Precedentes

Amparo directo 656/94. Gastón Fernández Hallal. 1o. de febrero de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Molina Torres. Secretaria: Oralia Barba Ramírez.
Registro digital (IUS): 208648