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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
VII.2o.C.39 C Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 208649
- Clave de tesis
- VII.2o.C.39 C
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 459
POSESION DE BUENA FE. CORRESPONDE AL QUE LA ALEGA DEMOSTRARLA PARA LUEGO PASAR LA CARGA DE LA PRUEBA AL QUE AFIRME LO CONTRARIO (ARTICULOS 842 Y 843 DEL CODIGO CIVIL PARA EL ESTADO DE VERACRUZ).
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 459
Si bien es cierto que entratándose de la posesión la buena fe se presume siempre, y que quien afirme lo contrario corresponde probarlo, acorde con el artículo 843 del Código Civil local, también lo es que ello sólo opera cuando se acredita primeramente la existencia del título que da derecho a la posesión o que, estando viciado ese título, el poseedor desconoce los vicios, en términos del artículo 842 del mismo código, para, así, sentar la base para arrojar la prueba de la mala fe al que la afirme, esto es, acreditar que el título relativo no es eficaz y, además, que el poseedor conocía esos vicios.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEPTIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 1008/93. Julia del Rosario Martínez de Navarro y Rafael Navarro Terán. 25 de noviembre de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Héctor Soto Gallardo. Secretaria: Martha Reyes Peña.
Amparo directo 256/93. Gonzalo Exzacarías Arévalo. 28 de abril de 1993. Mayoría de votos. Ponente: Héctor Soto Gallardo. Disidente: Raymundo A. Martínez Rebolledo. Secretario: Felipe Alfredo Fuentes Barrera.