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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
VI.1o.194 C Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
208654
Clave de tesis
VI.1o.194 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 461

POSESION. NO ES APTA PARA PRESCRIBIR LA DEL VENDEDOR QUE RETIENE LA COSA VENDIDA. (LEGISLACION DEL ESTADO DE PUEBLA).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 461

Precedentes

Amparo directo 141/89. José Luis Pérez Martínez por su representación. 31 de mayo de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Eric Roberto Santos Partido. Secretario: Martín Amador Ibarra.
Registro digital (IUS): 208654