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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
VI.1o.90 A Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
208675
Clave de tesis
VI.1o.90 A
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 470

PROCEDIMIENTO AGRARIO, AMPARO IMPROCEDENTE CONTRA ACTOS EFECTUADOS DENTRO DEL. MIENTRAS NO SE DICTE LA RESOLUCION DEFINITIVA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 470

Precedentes

Amparo en revisión 571/87. Raymundo Luna Luna. 19 de febrero de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Dueñas Sarabia. Secretaria: Rosa María Roldán Sánchez. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Tercera Parte, Tesis 86, página 172; Semanario Judicial de la Federación, Octava Epoca, Tomo XIV-Julio, página 422 y Séptima Epoca, Volumen 48, Tercera Parte, página 39 y Volúmenes 205-216, Séptima Parte, página 157.
Registro digital (IUS): 208675