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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
IV.3o.139 P Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
208678
Clave de tesis
IV.3o.139 P
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 472

PROCEDIMIENTO DE EXTRADICION. LA OPINION DEL JUEZ DE DISTRITO EN EL SENTIDO DE QUE EL QUEJOSO CONTINUARA DETENIDO NO CONSTITUYE PRIVACION ILEGAL DE LA LIBERTAD.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 472

Precedentes

Amparo en revisión 33/94. Carmen Amelia Barrera y otros. 28 de septiembre de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Ramiro Barajas Plasencia. Secretario: Carlos Hugo de León Rodríguez.
Registro digital (IUS): 208678