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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
VI.1o.95 C Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
208690
Clave de tesis
VI.1o.95 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 478

PROTOCOLIZACION DE UN ACTA DE ASAMBLEA DE ACCIONISTAS. PARA TAL FIN EL NOTARIO NO TIENE POR QUE CERCIORARSE DE SI ESTA FUE LEGALMENTE CONVOCADA O DE LA LEGITIMIDAD DE SUS INTEGRANTES. (LEGISLACION DEL ESTADO DE PUEBLA).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 478

Precedentes

Amparo en revisión 108/88. Angel Alonso y otros. 4 de abril de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Gerardo Ramos Córdova. Secretario: Hugo Valderrábano Sánchez.
Registro digital (IUS): 208690