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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
IV.3o.173 L Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
208694
Clave de tesis
IV.3o.173 L
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 479

PRUEBA DE INSPECCION, PUEDE ORDENARSE EN LUGAR DISTINTO DEL QUE SE SOLICITO SU DESAHOGO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 479

Precedentes

Amparo directo 156/94. Aliber Reyhlander Alanís. 29 de junio de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Miguel García Salazar. Secretario: Angel Torres Zamarrón.
Registro digital (IUS): 208694