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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
VI.1o.70 L Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
208709
Clave de tesis
VI.1o.70 L
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 485

PRUEBA TESTIMONIAL. LA JUNTA RESPONSABLE VIOLA LAS LEYES DEL PROCEDIMIENTO CUANDO LA DECLARA DESIERTA, SIN CUMPLIR CON SU PROPIA CARGA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 485

Precedentes

Amparo directo 361/90. Grupo Turístico e Inmobiliario San Andrés, S.A. 13 de septiembre de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Eric Roberto Santos Partido. Secretario: Manuel Acosta Tzintzun. Amparo directo 178/89. Rufina Ramírez Silva y otra. 6 de junio de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Gerardo Ramos Córdova. Secretario: Diógenes Cruz Figueroa. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Sexta Parte, Volumen 181-186, página 160.
Registro digital (IUS): 208709