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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
IV.3o.111 K Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
208717
Clave de tesis
IV.3o.111 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 489

PRUEBAS. DESECHAMIENTO DE. NO ES UN ACTO DE EJECUCION IRREPARABLE PARA LA PROCEDENCIA DEL JUICIO BIINSTANCIAL.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 489

Precedentes

Amparo en revisión 143/94. Instalaciones del Norte, S. A. de C. V. 9 de septiembre de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Ramiro Barajas Plasencia. Secretario: Jesús María Flores Cárdenas.
Registro digital (IUS): 208717