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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
VI.1o.69 K Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
208728
Clave de tesis
VI.1o.69 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 493

PRUEBAS, LA JURISPRUDENCIA SOBRE LA FALTA DE ESTUDIO DE LAS, SOLO ES APLICABLE A LOS JUICIOS DEL ORDEN COMUN.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 493

Precedentes

Amparo en revisión 247/88. Francisco Cerezo Sánchez. 27 de septiembre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Eric Roberto Santos Partido. Secretario: Miguel Izaguirre Ojeda.
Registro digital (IUS): 208728