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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
II.2o.P.A.259 P Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
208768
Clave de tesis
II.2o.P.A.259 P
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 515

REDUCCION DE LA PENA, ES FACULTAD DISCRECIONAL DEL JUZGADOR REDUCIRLA HASTA UN TERCIO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 515

Precedentes

Amparo directo 1058/94. Martín González Luna. 18 de enero de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: José Angel Mandujano Gordillo. Secretaria: Mónica Saloma Palacios.
Registro digital (IUS): 208768