Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/208776
📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
VI.1o.232 C Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
208776
Clave de tesis
VI.1o.232 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 518

REIVINDICACION. PARA QUE PROSPERE NO SE REQUIERE DEMANDAR LA NULIDAD DEL TITULO DEL DEMANDADO, BASTA QUE SEA INEFICAZ PARA OPONERLO AL DEL ACTOR.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 518

Precedentes

Amparo directo 153/90. Comisariado de Bienes Comunales del Poblado denominado "Agua de la Luna". 17 de mayo de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Eric Roberto Santos Partido. Secretario: Martín Amador Ibarra.
Registro digital (IUS): 208776