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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
VI.1o.203 C Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
208780
Clave de tesis
VI.1o.203 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 521

REMATE. TRANSCURRIDO EL TERMINO PARA IMPUGNARLO, EL AUTO EN QUE SE FINCA, CAUSA EJECUTORIA POR MINISTERIO DE LA LEY, SIN NECESIDAD DE DECLARACION JUDICIAL.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 521

Precedentes

Amparo en revisión 113/89. Eduardo Luna Neve y otro. 3 de mayo de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Eric Roberto Santos Partido. Secretario: Martín Amador Ibarra.
Registro digital (IUS): 208780