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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
VI.2o.635 C Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
208799
Clave de tesis
VI.2o.635 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 529

RETROACTIVIDAD DE LA LEY. (LEGISLACION DE PUEBLA).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 529

Precedentes

Amparo directo 16/90. Juan Crisóstomo Salazar Orea. 26 de junio de 1990. Mayoría de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Disidente: José Galván Rojas. Secretario: José Mario Machorro Castillo.
Registro digital (IUS): 208799